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Incumplir la ley se sanciona. El artículo 45 de la LOPD lo establece. Sobre las sanciones, especifica que la cuantía se graduará atendiendo a la naturaleza de los derechos personales afectados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la reincidencia, etc. y pueden ir desde 900€ hasta 600.000€. Recuerde que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.

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Derecho de cancelación PDF Imprimir E-mail

Todo ciudadano tiene derecho a que se borren o se supriman sus datos si son inexactos o se han tratado ilegalmente.

El derecho de cancelación requiere indicar si revoca el consentimiento otorgado, en los casos en que la revocación proceda, o si, por el contrario, se trata de un dato erróneo o inexacto, en cuyo caso deberá acompañar la documentación justificativa. La cancelación deberá atenderse en un plazo de diez días. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, excepto cuando sea preciso conservar éstos únicamente a disposición de las Administraciones Públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de posibles responsabilidades de éstas. Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión. Si los datos a rectificar o cancelar hubieran sido cedidos previamente a un tercero, el responsable del fichero deberá notificar al cesionario la rectificación o cancelación efectuada.

 

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